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¿Dónde termina el asunto del cierre de webs?

12 Enero, 2010

Según declaraciones de la Ministra de Cultura estábamos hablando de un centenar de webs que podían considerarse vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual. No deja de sorprender que se ponga en marcha todo el engranaje del Gobierno por esa cantidad de páginas. Anteproyectos de ley, comisiones, reformas de ley, etc. ¿Acaso son solamente esas pocas webs las culpables de la situación de creadores de contenidos en nuestros país? Espero que se nos permita dudar profundamente de ese particular.

Por otra parte tenemos que tener en cuenta que las redes de intercambios de archivos están repartidas en miles de webs a lo largo y ancho de este mundo nuestro y que no están alojadas en servidores españoles en su inmensa mayoría, con lo cual esto se puede convertir en un mareo infinito de bloqueo de IPs a diestro y siniestro sin ningún fin a la vista. Se terminará convirtiendo en perseguir al gato alrededor de la mesa. ¿Tiene todo esto algún sentido? ¿Alguien cree realmente que esta regulación va a zanjar definitivamente el problema del que estamos hablando? Afirmar eso es no conocer Internet lo más mínimo.

Pero hay algunos factores que son interesantes. Si tener enlaces que conduzcan a este tipo de páginas se llega a considerar “colaboración” con esas webs que vulneran los derechos de autor… ¿Entonces qué pasa con todos los buscadores? Internet se basa sobre una estructura de enlaces de unas webs a otras, si un enlace concreto pasa a ser “supuestamente delictivo”, entonces, repetimos ¿Qué pasa con los buscadores? La situación, vista desde esta perspectiva sí que empieza a afectar a bloggers, autores de webs de todo tipo, buscadores, directorios, redes sociales, etc.

En Francia acabamos de ver cómo se ha puesto sobre la mesa la posibilidad de hacer pagar un canon a los buscadores y que esa recaudación termine como compensación a los autores:

“El Gobierno francés planea cobrar un impuesto a los motores de búsqueda en Internet para apoyar a los creadores de contenidos. La intención es que las empresas como Google, Microsoft y Yahoo! destinen un porcentaje de sus ingresos a la remuneración de los artistas”.  “El informe entregado por la comisión resalta que la creación del impuesto es “jurídica y técnicamente posible” y propone que esta tasa Google se instaure “a nivel europeo” para garantizar su éxito.” Fuente: SiliconNews

¿Es posible que en España tardemos poco tiempo en ver una propuesta similar sobre el papel? Tendríamos de nuevo un “canon” en ciernes, pero en este caso uno de una envergadura de mucha consideración económica.

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Texto del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible

12 Enero, 2010

Después de la resolución del consejo de ministros del pasado viernes, ANEI ha solicitado en varias ocasiones disponer del texto definitivo sobre lo aprobado. No deja de ser curioso que finalmente sea a través de la prensa dónde podamos finalmente verlo.

Vemos en ABC.es:

Según el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, para la protección de la propiedad intelectual en el ámbito de la Sociedad de la Información:

Uno. Se introduce una nueva letra e) en el art. 8.1.de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información con el siguiente tenor: e) La salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual.
Dos. Se introduce un nuevo apartado segundo del artículo 8 Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información, con renumeración correlativa de los actuales 2, 3, 4 y 5 2. Los órganos competentes para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior, con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la comunicación de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos de que dispongan.
Tres. Se introduce una Disposición Adicional quinta en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril con la siguiente redacción: El Ministerio de Cultura, en el ámbito de sus competencias, velará por la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de información en los términos previstos en los artículos 8 y concordantes de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información.
Cuatro. Se modifica el art. 158 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril con la siguiente redacción: “Artículo 158. Comisión de Propiedad Intelectual.
1. Se crea en el Ministerio de Cultura, la Comisión de Propiedad Intelectual, como órgano colegiado de ámbito nacional, para el ejercicio las funciones de mediación y arbitraje y de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual que le atribuye la presente Ley.
2. La Comisión actuará por medio de dos Secciones. La Sección Primera ejercerá las funciones de mediación y arbitraje que le atribuye la presente ley. La Sección Segunda velará, en el ámbito de las competencias del Ministerio de Cultura, por la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de información en los términos previstos en los artículos 8 y concordantes de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información.
3. Corresponde a la Sección Primera el ejercicio de las funciones de mediación y arbitraje de acuerdo con las siguientes reglas:
1º. En su función de mediación:
a. Colaborando en las negociaciones, previo sometimiento de las partes, para el caso de que no llegue a celebrarse un contrato, para la autorización de la distribución por cable de una emisión de radiodifusión, por falta de acuerdo entre los titulares de los derechos de propiedad intelectual y las empresas de distribución por cable.
b. Presentando, en su caso, propuestas a las partes. Se considerará que todas las partes aceptan la propuesta a que se refiere el párrafo anterior, si ninguna de ellas expresa su oposición en un plazo de tres meses. En este supuesto, la resolución de la Comisión surtirá los efectos previstos en la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje, y será revisable ante el orden jurisdiccional civil.
La propuesta y cualquier oposición a la misma se notificará a las partes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El procedimiento mediador, así como la composición de la Comisión a efectos de mediación, se determinarán reglamentariamente, teniendo derecho, en todo caso, a formar parte de la misma, en cada asunto en que intervengan, dos representantes de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual objeto de negociación y otros dos de las empresas de distribución por cable.
2º. La Comisión actuará en su función de arbitraje:
a. Dando solución, previo sometimiento de las partes, a los conflictos que, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, puedan producirse entre las entidades de gestión y las asociaciones de usuarios de su repertorio o entre aquéllas y las entidades de radiodifusión. El sometimiento de las partes a la Comisión serávoluntario y deberá constar expresamente por escrito.
b. Fijando una cantidad sustitutoria de las tarifas generales, a los efectos señalados en el apartado 2 del artículo anterior, a solicitud de una asociación de usuarios o de una entidad de radiodifusión, siempre que éstas se sometan, por su parte, a la competencia de la Comisión con el objeto previsto en el párrafo a de este apartado.
3º. Reglamentariamente se determinarán, para el ejercicio de su función de arbitraje, el procedimiento y composición de la Comisión, teniendo derecho, en todo caso, a formar parte de la misma, en cada asunto en que intervengan, dos representantes de las entidades de gestión y otros dos de la asociación de usuarios o de la entidad de radiodifusión. La decisión de la Comisión tendrá carácter vinculante y ejecutivo para las partes.
Lo determinado en este apartado se entenderá sin perjuicio de las acciones que puedan ejercitarse ante la jurisdicción competente. No obstante, el planteamiento de la controversia sometida a decisión arbitral ante la Comisión impedirá a los Jueces y Tribunales conocer de la misma, hasta tanto haya sido dictada la resolución y siempre que la parte interesada lo invoque mediante excepción.
Corresponde a la Sección Segunda, que actuará conforme a los principios de objetividad y proporcionalidad, el ejercicio de las funciones previstas en los artículos 8, 11 y concordantes de la Ley 34/2002, para la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de información.
La sección podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial. La ejecución de estas resoluciones, en cuanto puedan afectar a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución, requerirá de la previa autorización judicial, de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio de las acciones civiles, penales y contencioso-administrativas que, en su caso, pudieran corresponder a los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Reglamentariamente se determinarán la composición y funcionamiento de la Sección y el procedimiento para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.
Cinco. Se modifica el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, numerando su texto actual como apartado 1 y añadiendo un apartado 2, con el contenido siguiente: 2. Corresponderá a los Juzgados Centrales de lo contencioso administrativo autorizar, mediante auto, la ejecución de la resoluciones adoptadas por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual para que se interrumpa la prestación de servicios de la información o para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, adoptadas en aplicación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información.
Seis. Se modifica la letra d) del apartado 1 del artículo 80 de la Ley 29/1998, de 13 de abril, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa, con el siguiente tenor: d) Los recaídos sobre las autorizaciones previstas en el artículo 8.6 y en los artículos 9 y 122 bis.”Siete. Se introduce un nuevo artículo 122 bis en la Ley 29/1998, de 13 de abril, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa, con el siguiente tenor:
1. La ejecución de las medidas para que se interrumpa la prestación de servicios de la información o para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, adoptadas por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual en aplicación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información, requerirá de autorización judicial previa de conformidad con lo establecido en los apartados siguientes.
2. Acordada la medida por la Comisión, se solicitará del Juzgado competente la autorización para su ejecución, referida a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución.
3. En el plazo improrrogable de cuatro días siguientes a la notificación de la resolución por la Comisión y poniendo de manifiesto el expediente, el Juzgado convocará al representante legal de la Administración, al Ministerio Fiscal y a los titulares de los derechos y libertades afectados o a la persona que éstos designen como representante a una audiencia en la que, de manera contradictoria, oirá a todos los personados y resolverá mediante auto autorizando o denegando la ejecución de la medida.
4. Se modifica el apartado 5 de la Disposición Adicional Cuarta de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosaadministrativa, con el siguiente tenor:
5. Los actos administrativos dictados por la Agencia de Protección de Datos, Comisión del Sistema Eléctrico Nacional, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Consejo Económico y Social, Instituto «Cervantes», Consejo de Seguridad Nuclear y Consejo de Universidades, la Comisión de Propiedad Intelectual, directamente, en única instancia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
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Tendremos polémica con el cierre de webs para meses

9 Enero, 2010

Ayer el Consejo de Ministros del Gobierno de España dio un paso más en lo relativo al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible y, en lo que más nos atañe en ANEI, al asunto del posible cierre de páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual.

El proceso de cierre de una página web quedaría de la siguiente manera:

  • La Comisión de Propiedad Intelectual, un órgano administrativo de nueva creación dependiente del Ministerio de Cultura, será la encargada de investigar si se producen actos lesivos.
  • Ese órgano (por definir su constitución y composición) se dirigirá al titular de la página web que supuestamente infringe los derechos de propiedad intelectual para instarle a que los retire.
  • Si los titulares de esa web no responden a la petición de la Comisión, entonces ésta será la que lo ponga en conocimiento de la Justicia.
  • La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional será la encargada de decidir si se cierra una página web que infrinja los derechos de propiedad intelectual.
  • Una vez que el juez de la Audiencia Nacional reciba el informe de la Comisión de Propiedad Intelectual, tendrá un plazo máximo de cuatro días para convocar a las partes implicadas y decidir si adopta alguna medida de cierre o bloqueo de dicha página.

Pero para que esto se pueda efectuar de esta manera, es necesario emprender una serie de importantes reformas:

  • No es suficiente con la legislación incluida en el anteproyecto de  Ley de Economía Sostenible, también es necesario modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 122 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y antes de ese proceso, el texto aprobado ayer debe pasar por las manos de distintas instituciones y organismos: El Consejo General del Poder Judicial, la Comisión Nacional de la Competencia, el Consejo Económico y Social y el Consejo de Estado.

Ellos tendrán que emitir en las próximas semanas informes no vinculantes sobre el anteproyecto de Ley de Economía Sostenible.

Una vez recibidos esos informes, más menos el debate que puedan traer sus decisiones, el anteproyecto tendrá que llevarse al parlamento y ser aprobado.

Esto quiere decir que en el mejor de los casos, si toda esta máquina burocrática funciona bien engrasada, podríamos estar hablando de finales del verano para ver aprobada la Ley de Economía Sostenible.

El texto aprobado por el Consejo de Ministros, con los cambios propuestos en comparación con el pasado anuncio del Ministerio de Cultura, estará disponible el próximo lunes o martes. Será entonces cuando sepamos los detalles con profundidad. Y es necesario saber todos esos detalles antes de hacer cualquier pronunciamiento oficial por parte de la Asociación Nacional de Empresas de Internet.

De momento hay que tener calma y ver cómo evolucionan los acontecimientos, estudiar el texto, ponerlo en manos de los gabinetes jurídicos de la asociación y de muchos de los asociados, sobre todo los ISP (los más afectados con lo que ocurre y de los que menos se habla, desgraciadamente), y después reunirnos con el Gobierno y presentar nuestras impresiones de una manera fundamentada.

En cualquier caso este 2010 nos reserva todavía muchos meses de debate con este asunto entre las manos.

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¿Qué está pasando con el posible cierre de webs en España?

5 Enero, 2010

Interesante reportaje de Ana Zarzuela en Intelligence & Capital News

Tienta la temperatura de las aguas de la red de redes. Otra vez. Ni sí, ni no, sino todo lo contrario.  Presidencia deja caer, por la puerta de la sorpresa, a los cercanos a Moncloa, que ha dado con la cuadratura del círculo. Nada seguro. Nada que Zapatero no quiera poner a prueba de nuevo antes de servirla a la mesa del Consejo de Ministros del 8 de enero. Si llega ese día la ‘correción’ para la regulación de los cibercontenidos, será con más de un mes de retraso sobre la fecha prometida para que el Gobierno presentara las conclusiones del informe que le encargó a la Comisión Interministerial sobre la protección de los derechos del autor. Lo hará, además, vestida de Reglamento y sin reforma de la Ley de Economía Sostenible. Tampoco congelará su decisión mientras llega el informe definitivo de la Comisión Interministerial para la Propiedad Intelectual. Ni siquiera definirá la composición ni las funciones de la Comisión de Propiedad Intelectual capitaneada por Sinde. Moncloa quiere sacar la ‘pata de Sinde’ pero sin tocar la guerra de las descargas. No se atreve. Busca una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual sin adentrarse en su perímetro y sin mirar al Congreso, aunque creó a su iniciativa en mayo una subcomisión de la propiedad intelectual para analizar con detalle este problema. Ni siquiera por las filas de su grupo parlamentario, el primer sorprendido si Moncloa cocina en el Consejo de Ministros una regulación de la red de redes sin esperar a que se pronuncie la Comisión de Propiedad Intelectual en el Congreso que -justo por los vaivenes de ZP- no tendrá listas sus conclusiones hasta febrero.

Presidencia, con todas las ‘barajas’ de la red de redes en más de una mesa, aún a riesgo de perpetuar la ceremonia de la confusión: no sabe – ni quiere- una reforma legislativa plena. Salta la barrera de la única promesa de Zapatero en persona: que no habrá cortes de páginas webs, ni blogs. Juró que habría jueces. Y los habrá, aunque en primera instancia sólo como árbitros del cierre cautelar y temporal. Deja a la Comisión de la Propiedad Intelectual -aún por definir- con el dedo acusador. Quiso regularla sin que se notara y ahora busca corregirla sin tocar su ‘piel’ ni prescindir de ninguna de sus variables. Pero la solución ‘mixta’ que Moncloa estudia empuja la guerra de las descargas al viaje a ninguna parte: sin reforma de la LSIS y la LPI, los cortes de webs volverán a la mesa de los jueces que en su mayoría no ven delito en ellas. En el fondo de la polémica subyace -aún sin solución- un enfrentamiento entre el Ministerio de Industria -que respira por los recelos de las operadoras telefónicas que dan acceso a internet y los hostings de webs- y el Ministerio de Cultura, en sintonía con los creadores de contenidos y las asociaciones de propiedad intelectual.

Zapatero y De la Vega han asumido las riendas personalmente. Quieren caminar por la senda de la regulación de las descargas con pies de plomo, dicen sus cronistas. Pero con cada paso de sus demoras, llueve sobre mojado en la irritación del sector de internautas y bloggers y la paciencia de la industria de contenidos. Moncloa buscó la botadura de su barco ‘antipirata’ en noviembre en el dique de la disposición final de la Ley de Economía Sostenible, por la puerta de atrás de un anteproyecto que le explotó en las manos de su puesta de largo a la ministra de cultura. Y ahora retoca su perímetro y promete incluir la autorización judicial en su ecuación, pero estudia ponerlo de largo en un Reglamento, sin abortar la disposición final de la Ley de Economía Sostenible y sin tener que pasar por la tormenta de desencuentros que le esperaría en el Parlamento.

No hace ni dos semanas que el portavoz del Grupo Socialista, José Antonio Alonso, desgranaba en el calendario de la cámara para 2010 y el procedimiento de la LES -en sesión a partir de la segunda quincena de febrero para que pueda ver la luz definitiva antes del verano- el sitio para despejar el futuro definitivo de la regulación de las descargas de Internet. No hace ni dos semanas que Sinde prometía en el Congreso que el debate estaba aún abierto y que las Cortes tendrían “la última palabra”. Pero Zapatero tiene sus propias brújulas y tantea nuevas fórmulas de espaldas a los muros de los precedentes legales que le recuerda la AI: Cualquier regulación sobre un derecho fundamental como el del acceso a Internet o de publicación de contenidos en la Red debe requerir la aprobación previa del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. No basta un reglamento, que el Ejecutivo puede revertir de nuevo con la mano del Consejo de Ministros en cualquier momento.

La última palabra de Zapatero después del “no a todo”, es la vuelta de tuerca definitiva a su ceremonia de la confusión. Un mes y medio, un manifiesto y varios consejos de ministros después de que estallara la ‘batalla de las descargas, la disposición final del Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible sigue donde estaba, con la aspiración de llegar allá donde los jueces no han querido, al cierre administrativo de webs y páginas de enlaces, aunque sea de forma provisional y tentativa. Y tan huérfana de padres como de verdugos: nadie reconoce su autoría -aunque el anteproyecto fue gestionado y redactado por el Gabinete de la Presidencia y por la Vicepresidencia Económica- pero menos aún la elimina. Su texto no se altera.

Si son ciertas las previsiones que adelanta El País, la regulación sólo sumará sus correcciones en un reglamento. Y la LES seguirá siendo igual de ambigua. Lo advierten los abogados y analistas especialistas en internet: la cláusula adicional de la LES no sólo se ha explicado mal, sino que su redacción tiene lagunas. No especifica o desarrolla la simple mención a la propiedad intelectual como causa de adopción de medidas administrativas, ni incluye al menos el requisito de ánimo de lucro comercial para tranquilizar a los internautas. Y Moncloa sigue sin ver lo que Sinde no atisbó: que para cerrar una web (aunque su cierre sea tentativo) es necesario cambiar primero otros puntos de la Constitución: el artículo 18.3, que garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial y el artículo 20.5, que sólo autoriza el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial (no sólo autorización). Y -como denuncian expertos como Enrique Dans y la Asociación de Internautas- la literalidad de la ley serviría  “lo mismo para cerrar a patadas una página web cualquiera que para perseguir cosas que los jueces afirman que no tienen que ser perseguidas”.

Y es que Moncloa danza en círculos en torno a la trinchera de la indefinición. Vuelve sobre sus propios pasos y busca ‘maquillaje’ para su barco antipirata, al menos una mano de pintura para presentarlo como una nueva nave ante los internautas y ante las filas de Ferraz. Pero las presiones paralizan las fichas de Moncloa y  a ZP no le salen los mapas de la red de redes. Sinde, no sabe no contesta, sólo entona el mantra de la ‘participación judicial en el proceso’. Sebastián se preocupa de la guerra con las telecos. No ha sido el paso adelante del Portavoz de Cultura del PSOE, José Andrés Torres Mora, (que defiende la propuesta de González-Sinde y la permanencia de la literalidad de la LES) el único que ha dejado entrever que la ‘guerra de las descargas’ se ha convertido para Moncloa y de Ferraz en un abismo al que asoman sus desencuentros los ministros y las diputados socialistas. Tampoco son las advertencias de la vicepresidenta De la Vega (que no tiene tan claro que haya que desechar “si tiene que haber o no una decisión administrativa”, y “el momento de la intervención judicial”). En Moncloa, aún lo único claro es que quién sabe.

Sólo la escenografía está ya clara. Una sin rastro de Sinde. Prometía -antes de abrazarse al silencio- que su ministerio seguirá “abierto a escuchar”, pero es Moncloa la que ya no tiene muchos más oídos para las explicaciones de la ministra. Ya no habrá, después de Navidad, la ronda de reuniones que Sinde prometió con el colectivo de blogeros e internautas, nada de una nueva hoja de ruta o al menos un nuevo manual de explicaciones. Seguirán barajando. Moncloa busca terceras vías para la regulación de las descargas en la red que no incendien todos los puentes con Washington. El Gobierno ya tomó el riesgo electoral de aprobar el canon digital en 2008 y la rebelión de los internautas le ha recordado esta vez, cuál puede ser el precio político de sus facturas. Su ‘cuarta vía’ pasaría por mantener la Comisión del Ministerio de Cultura, pero con menores funciones y sin la atribución de bloquear páginas web que presuntamente vulneren derechos de autor.  Podrá instar al juez al cierre de una web, pero no ordenarlo directamente. Para Sinde, sigue siendo un “policía” de la red compuesto por magistrados, abogados expertos en propiedad intelectual y representantes del mundo de la cultura e Internet; para los documentos oficiales de su Ministerio, sólo un mediador y un denunciante. Presidencia aún no han desechado del todo la posibilidad de crear juzgados especiales para delitos contra la propiedad intelectual, que tramitaran los casos con juicios rápidos. Una fórmula similar a la que proponía en su momento Gregorio Peces Barba.

Moncloa no ha sabido desde hace más de un mes cómo sacar la pata de Sinde de la Ley de Economía Sostenible; sólo que tiene que plegar -o al menos que lo parezca- la vela mayor de la nave ‘antipirata’ de la ministra, que coló su ‘criatura’ (un gendarme administrativo con el que llegar, sin intervención judicial, allá donde los tribunales no han querido hasta ahora: al bloqueo de las webs de enlaces y los proveedores de servicios de internet) por la puerta de atrás de la LES, a última hora, sin que Zapatero en persona (lo confesaban entonces en Presidencia) pudieran revisar dos veces su letra pequeña de la disposición final de la discordia.

Se incluyó como una disposición final en el texto sobre Economía Sostenible, en el furgón de cola y fuera del articulado, no se anunció previamente a los sectores afectados, y tampoco se comunicó al resto de ministros y dirigentes del PSOE. Ni patronales como Redtel (que agrupa a las principales operadoras de telecomunicaciones) o ASIMELEC (la Asociación Multisectorial de Empresas de Tecnología de la Información) ni ANEI (Asociación Nacional de Empresas de Internet); ni las asociaciones de internautas estaban al corriente de la reforma antes de su publicación. Menos ahora que Moncloa busca cómo deshacer los pasos de sus zozobras. Reedita las prisas y las sospechas y presenta en sociedad, pero sin ‘padrinos’ el nuevo giro de tuerca para la regulación. Conjura los deslices con las mismas armas que los engendraron. Si fue una filtración a los medios la que presentó en ‘sociedad’ la disposición final de la LES y dejó a González Sinde en fuera de juego con sus intenciones, ahora transita las mismas latitudes, esta vez sin ministra de Cultura al volante.

LOS ATAJOS DE ZAPATERO NO ‘CUELAN’

Si buscaba reacciones, ya las tiene sobre su mesa: su ‘globo sonda’, el nuevo plan del Gobierno contra el P2P “no cuela”. Menos aún en calma. Las asociaciones de internautas y los blogeros que se reunieron con Sinde en la ‘primera ronda’ del desencuentro sobre las descargas, hace un mes, consideran insuficiente el requerimiento de una autorización judicial- distinto a una resolución judicial- que sólo implica que el órgano que pide el cierre de la página es competente para llevarlo a cabo y que permitiría a propuesta de la Comisión de la Propiedad Intelectual  cerrar o retirar parte del contenido de una web por un procedimiento rápido -menos de un mes- a propuesta de la Comisión de la Propiedad Intelectual y con autorización judicial previa. Los responsables de la página denunciada sólo podrían acudir a la  jurisdicción ordinaria posteriormente para entrar al fondo del asunto y dirimir si la web ‘cercenada’vulnera o no la  Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y la de Propiedad Intelectual (LPI).

Será el viaje a ninguna parte: el de Zapatero, si devuelve al mismo sitio en el que hasta ahora estaban el cierre definitivo de las webs de descargas, en manos de jueces pero por el ‘atajo’ preventivo de las denuncias cautelares a iniciativa administrativa. Sin alterar la LES, sin quitarle sitio a la Comisión de Propiedad Intelectual que Sinde capitaneará. Pero sin moverse. El presidente no se resigna a abandonar un viaje al que podría haber llegado con más dotación presupuestaria para el Plan Integral de lucha contra la piratería aprobado por el Gobierno el 8 de abril de 2005.  La consigna -desde Moncloa e Interior- parecer ser ir ahora contra los que inician la cadena de las descargas de contenidos en Internet y acabar así con la oferta de material sujeto a derechos de autor en la Red. Pero ya existe un régimen sancionador en el Código Penal – una legislación ya homologable a la del resto de países- que se podría cumplir, aunque los enlaces P2P, que permiten compartir todo tipo de contenido (protegido o no) entre ordenadores de todo el mundo de forma directa, no están penados en España, tal y como han recogido multitud de sentencias judiciales en los últimos años. Sólo alojar ese contenido protegido y ponerlo a disposición (comunicación pública) sí lo está si se demuestra que existe lucro por parte de los administradores.

A los internautas y los partidos de la oposición, el plan que ‘cocina’ Moncloa les daría el beneplácito de la intervención judicial, por más que repudien ya cualquier procedimiento que permitiera a una “Comisión de expertos” solicitar el bloqueo de cualquier página que ellos entiendan que vulnera los derechos fundamentales de los autores. A la industria de contenidos y las asociaciones de defensa de la propiedad intelectual, les regalaría la celeridad. Y el tiempo muerto con el ‘cierre preventivo’ de un puñado de webs con la simple autorización judicial, mientras llega una sentencia. Como reconocía Joan Navarro, portavoz de la Coalición, a El PAÍS, en los casos contados en los que han conseguido su objetivo “cerrar una página web por la vía administrativa o judicial ordinaria, les lleva ahora una media de seis años”.

La industria de contenidos intenta pescar a dos manos en el río revuelto de internet, quiere escarmientos y acelera la ‘caza de brujas’.  Buscan ahora los atajos de Industria, ya no se fían de las promesas de la ministra. La lista que la Coalición de Creadores ha enviado a Industria con la dirección de cerca de 200 webs -que supuestamente distribuyen contenidos ilegales en internet- está siendo analizada por Moncloa y la han tomado, por ahora, como “documento de trabajo” para la comisión interministerial de la que forman parte Cultura, Justicia, Interior e Industria. La Coalición le marcó la dirección y le ha puesto nombre y apellidos a las webs de las que según sus cálculos depende un 70% de las descargas ‘ilegales’ en el mercado español. Son ellos además, los que tendrán que encabezar las denuncias a instancia de parte desde el seno de la Comisión para comenzar la persecución, página a página.

Podrán sumar la defensa de “la propiedad intelectual” a los motivos excepcionales -racismo, pornografía infantil, delitos contra el orden público- que permitían hasta ahora el cierre de páginas por orden administrativa. Otra cosa será la efectividad. Por eso la industria de contenidos y las asociaciones de derechos reman a dos manos, combinan el palo a los prestadores de servicios con la zanahoria a los internautas y en lugar de pedir su cabeza de entrada, busca hasta el bolsillo de los ‘piratas’, ahora que ha descubierto que consumen un 75% más de contenidos audiovisuales de pago que el resto de los internautas. La Coalición de Creadores y Promusicae se lanzan a la competencia con una macroweb financiada en un 80% por Cultura.

REINCIDENCIA ‘ANÓNIMA’

La ministra pasó a la historia de la ‘primera batalla’ de la guerra de Internet de Zapatero como la responsable del plan para cerrar páginas web sin autorización judicial, y pararrayos ante la avalancha de críticas desde dentro y fuera de la Red. Desde Ferraz y el grupo parlamentario socialista achacan el error a los asesores jurídicos de Sinde. Carga aún con el sambenito de la disposición final de la LES y con sus urgencias, las que la llevaron a ‘destapar’ la caja de los truenos con los internautas de espaldas al silencio acordado con Moncloa e Industria hasta que la Comisión Interministerial no entregara sus conclusiones al Congreso esta semana.

Pero fue el propio Zapatero el que volvió de Washington, el 16 de octubre, con el ‘encargo’ de limpiar las manchas del que EE UU considera el segundo mercado más pirata de la red y con un calendario y un guión claro, soplado al oído de Sebastián y Sinde por  la gubernamental y por la Alianza Internacional para la Propiedad Intelectual. Sólo el entorno de González-Sinde se atreve a conjugar la letra pequeña de un viaje a ninguna parte en el que la ministra no ha estado sola, ni tan lejos de Moncloa. La enmienda de la LES pasó bajo más de una lupa del gabinete de Zapatero antes de saltar a la luz. Ahora se sabe. Y como adelantaban fuentes gubernamentales a El País, la ministra de Cultura quiso informar de la iniciativa, tal como estaba redactada, a las partes interesadas antes de su publicación, pero su pretensión fue desestimada.

Cuando González-Sinde comenzó a dejar ver los flecos de la disposición final de la Ley de Economía Sostenible, el texto ya había pasado por cuatro ministerios y superado el cedazo de Presidencia. No fue otro que José Enrique Serrano, director de Gabinete del Presidente del Gobierno y ‘mano derecha’ de José Luis Rodríguez Zapatero el que lo avaló -y hasta lo apadrinó según algunos- y no fue otro que el ministerio de Industria el que lo filtró a los medios. Además, como recuerda el presidente de la Asociación de Internautas, hasta tres veces el Gobierno ha intentado  cerrar páginas webs sin permiso judicial.  “La primera vez fue durante la tramitación de la LISI, articulo el artículo 17 bis, y una semana después de su expulsión definitiva volvieron a intentarlo con el “Anteproyecto de ley sobre procedimiento de notificación de presuntas infracciones de derechos de propiedad intelectual a través de los prestadores de acceso a Internet”. Ambos proyectos pretendían introducir en el Ordenamiento Jurídico, un procedimiento de notificación y retirada de contenidos de la red sin control judicial alguno. La presión de la red impidió en aquel momento que progresaran esas ideas”.

OTRO VIAJE A NINGUNA PARTE

Zapatero promete exigir la intervención judicial para el bloqueo de páginas de internet y no tocar a los usuarios particulares, pero al esquivar la pauta de Sinde choca de nuevo con los muros del colectivo de internautas: augura cortes a las “webs con contenidos ilegales”, aún a riesgo de emprender un viaje a ninguna parte y de topar con los mismos muros jurisdiccionales donde hasta ahora todos los tribunales no han encontrado delito. Si las webs recurren a posteriori a la autoridad judicial -como avala la UE- los bloqueos y cortes toparán con los tribunales en los que, hasta ahora, las causas contra las descargas han fracasado. Serán, para los planes de Sinde y de la Coalición de Creadores, los mismos jueces que han archivado ya en España una treintena de denuncias de la industria cultural y han llegado, incluso, a ordenar la reapertura de dos de ellas, en una sentencia conocida la semana pasada, por considerar al P2P un sistema de comunicación legal “privada entre particulares”.

Por lo penal, la mayoría de procesos contra las páginas de enlaces han acabado con el sobreseimiento, como en el emblemático caso de Sharemula. Fue el propio Ministerio de Cultura el que  ya intentó desde 2007 la persecución de estas páginas con una redada a las webs de e-links. Sin embargo los jueces han considerado que estas páginas no almacenan archivos y da igual si tienen o no ánimo de lucro, ya que no existe comunicación pública. Además, es un requisito que no suele darse (y menos demostrarse) con nitidez. Y en los escasos procedimientos civiles que se han adelantado en España, los jueces han negado los procedimientos cautelares al considerar que no hay indicios a priori de que se esté infringiendo la ley de propiedad intelectual.

Y el efecto hidra del Pirate Bay -la página de descargas más perseguida del mundo- , su capacidad de resurrección y los nuevos atajos de las webs de descargas descentralizadas, el éxito del streaming -que ha reemplazado al P2P y se ha hecho con dos tercios del consumo audiovisual de la red- , las empresas de VPN -que usa un 10% de los internautas-, las técnicas de identidad oculta, la movilidad de las webs y el retorno a los mismos niveles de las descargas en el mercado sueco les recuerdan que no será tan fácil la ‘caza de brujas’. Y que, a lo peor, queda reducida a poco más que una carrera de sombras.

Las empresas de hosting siguen considerando el bloqueo de webs una “chapuza técnica”. Las que alberguen una página web denunciada ante la Comisión de Propiedad Intelectual serán las primeras que tendrán que ejecutar la orden de desconexión, dejando a su cliente sin servicio. Pero si la web no está alojada en territorio español, son los operadores los que deberán bloquear el acceso, a nivel de enrutado o de resolución DNS, dos medidas que los atajos tecnológicos pueden superar con facilidad. Además, en el caso de las empresas proveedoras de ADSL, sólo son mensajeros y deberán instalar filtros intermedios que podrían llegar afectar el rendimiento de la red en sus clientes. Y en el caso de bloquear una IP, se podría dejar fuera de servicio a todas las webs que la compartan, como ya ha ocurrido alguna vez. La Ley obliga a las operadoras de telefonía a entregar a ese nuevo órgano la identificación de las conexiones, aún a riesgo de erosionar el secreto de las comunicaciones y de revertir en demandas de responsabilidad civil millonarias contra las telecos por parte de los usuarios.

LAS PRESIONES EXTERIORES COMPLICAN MÁS EL ESCENARIO

Zapatero transitará, de uno u otro lado, por el desfiladero de los desencuentros exteriores, entre la espada de Obama y la pared de Bruselas. La Comisaria Vivianne Reding le dejó claro y a domicilio a Zapatero, que a pesar de la ambigüedad regulatoria del  ‘paquete telecom’, si en España hay bloqueo o cortes de webs sin decisión judicial toparán contra los muros de la Unión Europea.  Desde su paso por la Casa Blanca en octubre, la consigna para Zapatero estaba clara, la misma que Miguel Sebastián se encargaba de poner de largo -por encima de los vaivenes de Sinde- el 19 de noviembre en la Feria Ficod de contenidos digitales de Madrid, dedicada nada menos que a EE UU. Moncloa quería quitarse de encima todas las sombras de ese halo tejido con los informes de la industria cultural americana.

En Washington no han caído bien las promesas de Zapatero de “no cerrar nada en Internet”.  Le recuerdan que la bitácora de la Comisión Interministerial de Propiedad Intelectual tiene desde su origen más de una brújula en manos ajenas: las de los informes del Congreso americano, que consideran a España el segundo país en su ranking de ‘descargas ilegales’ después de China. No es otra que la brújula de Obama la que dio a luz a la Comisión Interministerial de Internet que esta semana debe entregar sus conclusiones sobre la propiedad intelectual y la red al Congreso. Ni otra que la carta de navegación de Washington la que optaba por dejar pasar de largo los modelos francés y británico de control de las descargas y centrarse en el castigo  a las webs de enlaces y los concentradores de contenidos. Pero las sombras del spam, el comercio electrónico, la falta de despegue de su plan de ciberseguridad y ahora la guerra de las ‘descargas de internet’ convierten a ZP en el protagonista del ‘antiguión’ que prometió en la Casa Blanca.

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Apreciaciones de los ISP al anteproyecto de ley de sostenibilidad

23 Diciembre, 2009

Faustino Jiménez, director general de Arsys (empresa que ocupa una de las vicepresidencias de ANEI) ha realizado una serie de interesantes declaraciones a la cadena de televisión Telecinco.

El Gobierno incluyó en el anteproyecto de Ley de Economía Sostenible una modificación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) que ampara la desconexión extrajudicial de “servicios de la sociedad de la información” para salvaguardar los derechos de propiedad intelectual.

Esta nueva razón, que se une a los cuatro supuestos de excepción ya contemplados en el artículo 8 de la LSSI, ha soliviantado a los internautas. Además, el texto obliga a los prestadores de servicios, ya sean operadoras de telecomunicaciones o proveedores de hospedaje, a “facilitar los datos de que dispongan” para facilitar la identificación necesaria para el procedimiento.

“El problema es que una mitad de la sociedad vive en el siglo XX y la otra, en el XXI. Esta medida significa que no se entiende la problemática, porque no se va a la cuestión de base. Hay que legislar a un nivel más profundo”, argumenta Faustino Jiménez, director general de Arsys. “Además, es una chapuza desde el punto de vista técnico, una barrera fácilmente salvable por los que infringen la ley. Hay que buscar soluciones, pero soluciones globales y que no afecten a los derechos de la ciudadanía”, termina.

Una nueva comisión, dependiente del ministerio de Ángeles González-Sinde y creada mediante la modificación de Ley de Propiedad Intelectual, sería el “órgano competente” para ejecutar la norma. Este órgano, que no actuaría de oficio, estudiaría si las páginas denunciadas usan o enlazan contenidos protegidos por copyright. Si la comisión cree que son prácticas recogidas en los artículos 8 u 11 de la LSSI, enviaría el asunto a un juez. Después, si no se infringen esos principios pero la web aún así utiliza o enlaza contenido protegido, procedería a avisar -en dos ocasiones- a la página web, para que desista de su actitud.

En el caso de que los infractores no hicieran caso, la comisión instaría a las empresas de alojamiento a bloquear el acceso. “Es una intromisión en el sector”, se quejan las compañías. Si el servidor, por alguna razón (como encontrarse fuera de España) decide no cortar la conexión, este órgano instaría a las operadoras españolas (Telefónica y Ono, por ejemplo) a que bloqueen el acceso a la página.

El sector del alojamiento de dominios en España, que hasta ahora sólo se había manifestado en corrillos, levanta por fin la voz. Y es que este mercado será uno de los grandes damnificados si este texto de 198 páginas sigue adelante. Por un lado, deberían informar a la comisión de cientos de datos sensibles para sus clientes, además de que el caudal de páginas que tendrían que cerrar crecería exponencialmente. “Y sin una compensación económica por intervenir en procesos judiciales, sin una recompensa por educar como peritos o testigos”, recuerda Jiménez. Sin embargo, hay otro problema aún más grave: los alojadores tendrían que cortar el servicio directamente, lo que les originaría un conflicto de intereses: o decepcionar a su propia clientela o incumplir el mandato de un órgano extrajudicial pero competente.

De todas formas, la existencia de la comisión es una dificultad añadida. “¿Qué pasará, por ejemplo, si se bloquea una página a instancias de éste órgano y luego el juez no respalda la decisión? ¿De quién será la responsabilidad del corte preventivo? Nosotros somos sensibles al problema de la propiedad intelectual, pero nos preocupan nuestros clientes”, subraya Jiménez.

Fuente: Telecinco

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Juez ordena que se reabran dos sitios de Internet cerrados cautelarmente

1 Diciembre, 2009

Un juzgado de lo Mercantil de Huelva ha emitido un auto en el que ordena que se reabran dos sitios de enlaces de Internet cerrados y ha multado con 500 euros a la Sociedad General de Autores de España (SGAE) por mala fe procesal. Los dos sitios que se encontraban cautelarmente cerrados al pedirlo la SGAE eran elitemula.com y etmusica.com, administradas desde Huelva, y permitían el intercambio gratuito de música y películas en Internet.

Según el auto, el juez considera que “a la vista de las alegaciones del demandado y la pericial acompañada a su oposición” no existe “apariencia de buen derecho” en la solicitud de la SGAE o que no puede emitirse un juicio provisional e indiciario “favorable al fundamento de la pretensión” contenida en su demanda.

Además, se condena en costas a la SGAE y se les impone la multa de 500 euros pedida por la defensa del demandado por mala fe procesal ya que, como argumenta el juez, de la actitud de la SGAE “se desprende una intención de evitar el derecho de defensa de la parte contraria, actuación que supone conculcación de las reglas de la buena fe procesal y, como tal, la hace acreedora de la correspondiente sanción”.

David Bravo, abogado de elitemula.com y etmusica.com, ha apuntado que lo importante de la resolución es que el juzgado ordenó el cierre de las mismas nada más recibir una demanda de la SGAE y, tras dar audiencia al demandado y comprender con detalle el funcionamiento de este tipo de sitios y su licitud ha revocado su decisión. “Se trata de una resolución que hasta ahora no tiene precedentes, pues además de revocar el cierre, condena en costas a la SGAE”, ha dicho el letrado

Bravo ha explicado a este diario que la SGAE había presentado una demanda penal contra ambos sitios que fue desestimada por el juez. Al cabo de un año, presentó una demanda mercantil por las mismas razones y contra los mismos sitios sin advertir al juez de que el caso ya había sido contemplado en la jurisdicción penal. “Además solicitó el cierre cautelar inaudita parte, fórmula jurídica que supone solicitar el cierre sin oír a la otra parte. Cuando el juez, concluído este trámite, llamó a la defensa, le informamos de los antecedentes del caso y planteamos que el haber solicitado una medida cautelar inaudita parte respondía a la intención de evitar que nosotros informáramos al juez del episodio penal”. La defensa ha alegado que los citados sitios no cobijaban los archivos, sólo ofrecían los enlaces.

Fuente: El País

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Cortes de conexión a Internet para evitar piratería

1 Diciembre, 2009

El Ministerio de Cultura ha decidido mover por fin ficha en el terreno del control de las descargas por Internet, tras más de tres años de infructuosas negociaciones entre las partes, la industria de contenidos y los operadores de acceso (ISP). Y lo ha hecho aprovechando la Ley de Economía Sostenible, en la que se introduce la modificación de las dos leyes fundamentales en la materia: la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y La ley de Propiedad Intelectual (LPI).

En efecto, la disposición final primera de la ley apadrinada por el presidente, José Luis Rodríguez Zapatero, modifica las dos leyes citadas “para proteger la propiedad intelectual frente a la piratería en Internet”. La modificación más relevante y que causará más polémica es la introducción en la LSSI de la “salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual” como uno de los cinco motivos por los que se puede restringir y, en su caso, interrumpir la prestación del servicio, aunque siempre por la autoridad judicial competente.

El artículo 8.1 de la LSSI sólo contempla hasta ahora cuatro causas para la restricción del acceso a Internet: la salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional; la protección de la salud pública; el respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación, y la protección de la juventud y de la infancia.

Además, se introduce un nuevo apartado en ese mismo artículo en el que se otorga a los “órganos competentes” la capacidad para requerir a los operadores los datos -y la obligación de éstos a facilitarlos- que permitan la identificación de quien esté realizando la conducta vulneradora. Con esta modificación legislativa se prepara el terreno para un amplio conjunto de medidas que serán presentadas a mediados de este mes para el control de las descargas de archivos, y que no incluirán en ningún caso la desconexión de los internautas particulares, centrándose en la persecución de las web de enlaces.

Ésa es una de las novedades desconocidas hasta ahora del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, cuyo articulado hizo público ayer el Ministerio de Economía. El anteproyecto define economía sostenible como un cajón de sastre en el que cabe casi todo: “Un patrón de crecimiento que concilie el desarrollo económico, social y ambiental en una economía productiva y competitiva, que favorezca el empleo de calidad, la igualdad de oportunidades y la cohesión social, y que garantice el respeto ambiental y el uso de los recursos naturales, de forma que permita satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades”. El Gobierno establece unos mecanismos para evaluar el impacto de la ley recién nacida, entre ellos un informe anual sobre su aplicación. Entre los detalles que no habían trascendido están los siguientes:

- Sociedad de la información. La ley no concreta cómo distribuirá el Gobierno las frecuencias que quedan libres tanto de la telefonía móvil como de la televisión analógica (dividendo digital). Lo que sí aclara es que el servicio universal de banda ancha de 1 megabit por segundo previsto para 2011 se podrá dar por cualquier tecnología, y además fijar un precio máximo.

- Organismos reguladores. La Comisión Nacional de la Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de Competencia y la del Sector Postal reducen sus miembros a un presidente y cuatro consejeros elegidos por seis años y sin posibilidad de reelección. Dichos organismos deberán publicar las actas de las reuniones del Consejo y los informes en que se basen las decisiones que tomen. Sus resoluciones sólo serán recurribles ante los tribunales.

- Sector financiero. Además de exigir con carácter general políticas de remuneración coherentes con una gestión del riesgo prudente, la nueva ley refuerza el nivel de exigencia del Banco de España para las entidades con problemas y establece que podrá “requerir a las entidades de crédito que limiten las remuneraciones variables cuando sean incoherentes con el mantenimiento de una base sólida de capital”.

También se endurecen las multas por las infracciones graves o muy graves a las entidades y sus administradores, prácticamente triplicándolas.

La ley prevé también regular la forma en que las entidades financieras adjudican sus créditos. Lo hará mediante un Código de Transparencia, que el Ejecutivo aprobará en seis meses y que aún no ha detallado.

- Fusiones. Se liberalizan las fusiones y adquisiciones en que la empresa adquirida no facture más de 10 millones de euros en España siempre que no se supere el 30% de cuota de mercado.

- Seguros. La Dirección General de Seguros podrá inspeccionar a las entidades depositarias de fondos de pensiones para comprobar que cumplen las normas. Hasta ahora la inspección se establecía para las funciones transferidas a un tercero, por ejemplo, la comercialización.

- Formación profesional. Para compaginar la formación y el trabajo, la ley abre la posibilidad de combinar la formación presencial y a distancia. Además, permite que se concentre la enseñanza en determinados periodos del año.

 Fuente: El País

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¿Tribunal de justicia europeo contra el cibercrimen?

26 Noviembre, 2009

Ante el creciente aumento y preocupación por los delitos informáticos, el Parlamento Europeo ha aprobado una propuesta para la creación de un tribunal especializado en la lucha contra el cibercrimen. Con ello se espera combatir a nivel europeo la delincuencia en Internet contando con el apoyo de operadores y asociaciones de usuarios.

Si bien los trámites de creación de este tribunal pueden prolongarse durante los próximos cinco años, su constitución se espera que sea un paso más de los distintos que se están llevando a cabo a nivel comunitario. Además, este organismo se complementará con otros ya existentes a nivel local como la Comisión Interministerial que se ha puesto en marcha en España el pasado mes de octubre con la implicación de nueve ministerios.

Fuente: DealerWorld

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El Parlamento Europeo aprueba la directiva de acceso a Internet

25 Noviembre, 2009

El Parlamento Europeo dio luz verde hoy a la controvertida directiva que regula el acceso a Internet. Al final no hubo sorpresa, y la enmienda pactada el 5 de noviembre entre el Consejo y la Eurocámara sobre la regulación de las restricciones a la conexión a la Red, sin necesidad de una procedimiento judicial previo, fue aprobada casi por unanimidad con 510 votos a favor, 40 en contra y 24 abstenciones.

En estas dos semanas, todo el interés de los grupos parlamentarios, incluyendo al Partido Pirata sueco, cuyo ideario se basa precisamente en la defensa de la libertad en Internet, ha sido convencer a la opinión pública de que no ha habido una marcha atrás respecto a la enmienda 138, aprobada el pasado mes de mayo por el Parlamento de Estrasburgo, que impedía cualquier restricción indebida del acceso de los usuarios a Internet “sin una orden judicial previa”.

Esa célebre enmienda, cuya contundencia era inaudita en el lenguaje comunitario, provocó la rebelión del Consejo de Ministros, y forzó a una conciliación entre el órgano ejecutivo y la Eurocámara, de la que ha salido un texto mucho más ambigüo, que señala que el acceso a Internet podrá restringirse, de ser necesario y proporcionado, “únicamente tras un procedimiento justo e imparcial, que incluya el derecho del usuario a ser escuchado”.

Bajo esa manga ancha legislativa se da rienda suelta a que cada Estado decida libremente los motivos que pueden conllevar al corte de conexión, desde las causas obvias (pornografía infantil o terrorismo) a las más controvertidas, como las descargas de archivos protegidos por derechos de autor (música y películas, fundamentalmente). De esta forma, se da cabida legal a las leyes restrictivas de Francia y Reino Unido, basadas en un sistema de tres avisos y posterior corte del servicio para los internautas que realicen descargas masivas, aunque fuentes del Parlamento indicaron que se mejorarán las garantías de los internautas que se vean envueltos en procesos en estos dos países.

Los Estados miembros tendrán de plazo hasta mediados de 2011 para adaptar sus legislaciones nacionales a la nueva normativa. España no tiene ninguna legislación específica de las descargas, pero no tendrá problemas para trasponer la directiva, ya que el Gobierno, con el respaldo de la industria cultural, ha renunciado expresamente a adoptar la desconexión como media disuasoria para evitar las descargas de archivos protegidos por derechos de autor.

“Hemos apoyado la reforma porque es un primer paso en la dirección correcta”, señalaba un exultante Christian Engström, el eurodiputado del Partido Pirata. “Hubiera sido preferible contar con la autoridad judicial a priori como decía la enmienda original, pero con el texto que hemos apoyado se asegura la audiencia previa y la presunción de inocencia antes de cualquier medida restrictiva, aspectos que, por ejemplo ni la ley Hadopi francesa ni la ley Mandelson del Reino Unido contemplan”.

Engström aseguró que el siguiente paso ahora es la redacción de una Declaración de Derechos de Internet e invitó a unirse al resto de grupos a esta iniciativa que va a protagonizar el partido sueco.”No se puede meter a nadie en la cárcel por realizar una descarga. Y eso debe constar en una carta de derechos mínimos”, aseguró.

Desde el Grupo Popular, tanto Pilar del Castillo, una de las ponentes de la reforma, como Alejo Vidal-Quadras, que ha llevado las negociaciones con el Consejo, insistieron en definir la aprobación de la directiva como una victoria del Parlamento Europeo al conseguir que se reconozca Internet como un derecho fundamental con la misma categoría que, por ejemplo, la libertad de expresión. “Las garantías como un proceso previo, el derecho a ser oído y que la carga de la prueba recaiga en el organismo -ya sea judicial o administrativo- y no en el usuario de Internet, son un avance importantísimo” indicó Vidal-Quadras.

Por su parte, Teresa Riera, la eurodiputada socialista responsable de la negociación, asegura que es un avance respecto a la enmienda original porque se recogen derechos que no existían en aquel texto, al incorporar el mismo al Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales

Paquete de Telecomunicaciones

Aunque la enmienda sobre el acceso a Internet se ha llevado todos los titulares, en realidad, el PE ha aprobado una completa reforma legislativa, compuesta por dos directivas y un reglamento, denominada Paquete de las Telecomunicaciones, que armoniza los derechos de los usuarios y la competencia entre operadores. Entre las normas aprobadas en ese paquete destaca la de que los usuarios podrán cambiar de compañía conservando el número telefónico en un día laborable, la prohibición del spam (correo electrónico basura) o la necesidad de pedir permiso para instalar cookies (rastros de páginas visitadas en Internet para mejorar la navegación) en los ordenadores de los usuarios.

Fuente: El País

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Paso al frente institucional frente al P2P

18 Noviembre, 2009

La industria cultural salvará antes de fin de año el último escollo planteado por las operadoras para frenar el P2P: la falta de una oferta global de contenidos de pago. La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, y el ministro de Industria, Miguel Sebastián, mostraron ayer ante los asistentes al III Foro Internacional de Contenidos Digitales (FICOD) una total sincronía en esa forma de acabar con las descargas gratis en la Red de contenidos sujetos a derechos de autor.

El “modelo que ampliará la oferta de contenidos en Internet” agrupando “la mejor oferta con las mejores condiciones”, en palabras de González-Sinde, no será un nuevo y diferenciado servicio de descargas de pago, sino una especie de buscador que, sin ofrecer la posibilidad de comprar contenidos, se limitará a enlazar a sitios web ya existentes como Filmotech, Pixbox o iTunes, entre otros. Con el apoyo de todo el sector cultural español y, además, de la industria cinematográfica estadounidense (MPAA), la búsqueda del contenido en esta página ofrecerá al usuario distintas formas de acceder a él, ya sea mediante compra, suscripción o streaming gratuito.

El portal global de descargas de pago del que hablaron los ministros de Cultura e Industria está respaldado por La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, que agrupa a buena parte de la industria cultural. Al igual que elportaldemusica.es, se tratará de una página con especial atención a contenidos actuales. Para Guisasola, con estas apuestas “no hay excusas” para no consumir música en este tipo de servicios. Según La Coalición, cuando el portal global esté preparado, la web lanzada por Promusicae también se integrará en él, dando lugar a una “oferta completa”.

La Coalición especifica que la nueva plataforma no será otra tienda on-line donde comprar los contenidos, sino un portal de promoción. “No se trata de sustituir a las tiendas que ya existen, sino de que estas tengan un escenario mayor”, y compara este portal con “un centro comercial que agrupa a las tiendas ya existentes y a las que se crearán en el futuro”. Este localizador de compras, que cuenta con financiación pública y privada, incluirá películas, música, videojuegos y libros. “Es el esfuerzo que hay que hacer en paralelo a la regulación”, detallan desde La Coalición.

Esa regulación es asunto de la comisión interministerial formada hace un mes con el encargo de encontrar una solución a la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet. Sus conclusiones y propuestas, que verá el Consejo de Ministros antes de fin de año, contemplarán cómo acabar con las páginas P2P mediante mecanismos técnicos o legales. “Nos hemos comprometido a ello antes de final de año y lo vamos a hacer”, explicó González-Sinde.

En cuanto a los usuarios que descargan, la ministra insistió ayer en que no existe “ánimo de criminalizarlos”, aunque puntualizó que sí van a perseguir a quienes “especulan con contenidos ajenos” porque “lastran nuestras oportunidades como país”, en referencia a las páginas de enlaces.

Por su parte, el ministro de Industria se refería ayer al “esfuerzo conjunto” que deben realizar las partes implicadas para proteger la propiedad intelectual. En relación a las medidas técnicas que se tomarán para frenar las descargas, Sebastián especificó que esta línea de trabajo se realizará “con el respeto a la libertad y a la privacidad” de los internautas. Otro punto en el que coinciden Industria y Cultura es que en España no se cortará la conexión a los usuarios que descarguen, si bien no se descarta que se pueda reducir la velocidad de acceso a los usuarios más activos.

Fuente: Público.es

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